Blogia
LOS VERDES DE TELDE

Razones para dudar sobre la legalidad del Plan Especial de la Tangencial de Telde

Razones para dudar sobre la legalidad del Plan Especial de la Tangencial de Telde 16 razones

PARA CUESTIONAR LA LEGALIDAD DEL

AVANCE DEL PLAN TERRITORIAL ESPECIAL DE LA TANGENCIAL DE TELDE
que nos ha costado a todos los ciudadanos/as la cantidad de 460.672,62 euros (unos 76 millones de pesetas).

1. El Avance del Plan Territorial de la Tangencial de Telde contraviene la Ley del Texto Refundido (Decreto Legislativo 1/2000) por cuanto no estudia diversas alternativas a un problema. De un supuesto problema (retenciones en la GC-1) no hace un análisis real de alternativas sino que propone dos trazados de la misma alternativa. Mucho antes del Avance se había obligado a planificar en diferentes documentos uno de los trazados.

2. El Avance del Plan Territorial de la Tangencial de Telde no cumple con el vigente Decreto 35/1995, por el que se aprobó el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento, que en el apartado 1º de su artículo 3º (que se titula, justamente "Alternativas y Avance de Planeamiento") establece que "El Avance de Planeamiento constituye el documento básico para exponer y evaluar las diferentes alternativas planteadas a partir de los objetivos y criterios ambientales contemplados en el propio documento." O, lo que es lo mismo, que el objeto fundamental del Avance no es otro que exponer y valorar las alternativas existentes, y propiciar su debate; si esto no se hace con rigor, el Avance es un trámite inútil o, lo que es lo mismo, el documento de avance no es válido para el fin que se persigue y, por tanto, debe ser reformulado y vuelto a someter a trámite, para que cumpla su objetivo fundamental.

3. El Avance Plan Territorial de la Tangencial de Telde es nulo de acuerdo con los artículos 14.4 y 23.4 de Ley del Texto Refundido (Decreto Legislativo 1 /2000): donde dice que: “Los planes territoriales deberán ajustarse a las determinaciones de las Directrices de Ordenación y de los planes insulares de ordenación”, y este Avance no está adaptado.

4. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria no está adaptado a las directrices de Ordenación (Directrices Generales de Ordenación y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, Ley 19/2004 de 14 de abril, BOC nº 73 de 15 de abril), por cuanto no cumple el punto 3.5.1. “Infraestructuras”, donde claramente se afirma que “Las Directrices plantean las actuaciones en materia de infraestructuras desde la óptica de sostenibilidad que presidió la redacción del Plan Director de Infraestructuras de Canaria (PDIC), cuyo análisis en el Parlamento de Canarias motivó una resolución unánime, en abril de 1999.

5. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde es nulo porque no se ha aprobado las Directrices de Ordenación de Infraestructuras, y por tanto creemos que el Avance de la Tangencial tiene que retrotraerse a las Directrices y adaptarse a las mismas, diseñando un modelo canario para las nuevas infraestructuras que se quieran desarrollar, partiendo de un estudio global y no sectorial.

6. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria no está adaptado a las directrices de Ordenación (Directrices Generales de Ordenación y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, Ley 19/2004) por tanto no cumple la Directriz 3.2.i (criterios básicos: El uso eficiente de las infraestructuras existentes, su adaptación y mejora, como alternativa sostenible a la creación de nuevas infraestructuras.

7. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria no está adaptado a las directrices de Ordenación (Directrices Generales de Ordenación y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, Ley 19/2004), por cuanto no cumple la Directriz 82 (fomento de una red de transportes integrada, basada fundamentalmente en el transporte público terrestre).

8. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria no está adaptado a las directrices de Ordenación (Directrices Generales de Ordenación y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, Ley 19/2004) por cuanto no cumple la Directriz 84.1: El uso y utilización más eficiente de las infraestructuras existentes, mejorando sus condiciones técnicas, de seguridad y capacidad, será preferente a la nueva implantación.

9. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria no está adaptado a las directrices de Ordenación (Directrices Generales de Ordenación y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, Ley 19/2004) por cuanto no cumple la Directriz 86.3.b) La planificación de las infraestructuras se atendrá a los siguientes criterios: a) Deberá justificar su coherencia con el modelo territorial previsto por la ordenación territorial o urbanística, estableciendo sus características dimensionales en función del mismo y de la satisfacción ponderada de las necesidades de servicio actuales y futuras. b) Desarrollará las alternativas que generen un menor impacto ambiental y supongan un menor consumo de los recursos, incluido el suelo y los materiales. En particular, analizarán la viabilidad de las nuevas infraestructuras, en contraposición a las alternativas de mejora de la eficiencia de infraestructuras existentes.

10. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria no está adaptado a las directrices de Ordenación (Directrices Generales de Ordenación y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, Ley 19/2004) por cuanto no cumple la Directriz 94, Principios de las infraestructuras viarias: que en su punto 1º, dice: Las intervenciones en materia de red viaria se enfocarán desde una perspectiva integradora que tenga en cuenta la profunda capacidad de transformación del territorio con cualquier implantación viaria, por sí misma y en sus conexiones con una red viaria más amplia. En su punto 4º, dice: Las intervenciones en la red viaria se concebirán teniendo en cuenta que sus efectos mantendrán su repercusión durante largos períodos de tiempo.

11. El Avance del Plan Territorial de la Tangencial de Telde ha insertado dos proyectos específicos en un mismo plan (Tangencial + Variante aeroportuaria), cuestión que deben tratarse por separado ya que la ampliación del aeropuerto no tiene nada que ver con los argumentos esgrimidos para crear una nueva autopista que atraviese Telde.


12. El Avance del P.T.E. Tangencial de Telde contraviene los compromisos nacionales e internacionales en las decisiones de ratificación del Protocolo de Kyoto, 2002/358/CE, y los Reales Decretos de Transposición de la Directiva 87/2003 de Comercio de Emisiones, y el Real Decreto 1866/2004 por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación de Derechos de Emisión que viene a decir: también el transporte es responsable de gran cantidad de impactos sociales y ambientales: contaminación atmosférica, ruido, accidentes, fragmentación del territorio, congestión, dependencia energética, etc. el reto de la política de transporte española consistirá, por tanto, en encontrar un sabio y justo balance entre sus efectos positivos y sus impactos negativos, en especial, en conseguir armonizar la movilidad y la accesibilidad con nuestros compromisos internacionales en la protección del clima y por tanto, en la reducción de las emisiones de G.E.I. del transporte.

13. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria no tiene la previsión para infraestructuras de servicios básicos (agua, energía, comunicaciones).

14. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria no recoge las determinaciones generales del Plan Insular de Ordenación para los Planes Territoriales en relación con los trazados y los desmontes y trincheras, los muros de contención, el tratamiento paisajístico de los desmontes, terraplenes y otras zonas afectadas por las obras, los lugares de vertido y de préstamos, afección a vías y caminos, previsión económica de las medidas ambientales finales, etc…

15. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria utiliza una metodología engañosa porque asigna unos valores numéricos de manera parcial. Otorga el mismo peso a cada uno de los aspectos valorados, por lo que la suma de los aspectos ambientales y territoriales, tiene idéntico peso en su conjunto que los aspectos funcionales y económicos en la toma de decisiones.

16. El Avance del Plan Especial Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria es una auténtica chapuza. Contiene una gran cantidad de lagunas, errores, omisiones y conclusiones gratuitas a las que llega en los documentos que se entregaron sin ni siquiera paginar. Da la impresión de que se trata de un estudio amañado, falto de rigor (estudia los puntos que le son propicios. Los elementos negativos como geología del terreno, efectos sobre la población, ni los estudia ni los valora, más otros aspectos). Es un estudio fraudulento por cuanto comete errores graves en la redacción y utilización de los datos (propone que la Tangencial de Telde mejore la contaminación por partículas y ruido en Santa Cruz de Tenerife y La Laguna).

Pues…., este AVANCE DEL PLAN TERRITORIAL ESPECIAL DE LA TANGENCIAL DE TELDE y VARIANTE AEROPORTUARIA, nos ha costado a todos los ciudadanos la cantidad de 460.672,62 euros (unos 76 millones de pesetas).

¡¡¡¡ Di NO A LA TANGENCIAL !!!!!

Juegan con nuestro dinero,
juegan con nuestro futuro y el de las generaciones venideras.

Ellos ganan y malversan el dinero público
Y todos perderemos.

Canarias tiene un límite

Únete a la Plataforma Ciudadana contra la Tangencial de Telde.

0 comentarios